Actividades empresariales: “Todo lo que hace una empresa en el cumplimiento de la estrategia, propósito, objetivos y decisiones del negocio. Esto incluye actividades tales como fusiones y adquisiciones, investigación y desarrollo, diseño, construcción, producción, distribución, compras, ventas, provisión de seguridad, contratación, actividades de recursos humanos, mercadeo, conducción de relaciones externas / gubernamentales incluyendo lobby, la reubicación de las comunidades, la inversión social y las actividades de las funciones jurídicas y financieras, entre otras.” Fuente: Shift .
Cadena de valor: “La cadena de valor de una empresa abarca las actividades que convierten la entrada en la producción agregando valor. Incluye entidades con las que tiene una relación de negocios directa o indirecta y que a) suministra productos o servicios que contribuyen a los propios productos o servicios de la empresa o (b) recibe productos o servicios de la empresa” Fuente: Shift.
Cadena de suministro: “Red completa de entidades, directa o indirectamente interconectadas e interdependientes en servir al mismo consumidor o cliente. Se compone de proveedores que suministran materia prima, productores que convierten el material en productos, almacenes que almacenan, centros de distribución que entregan a los minoristas y minoristas que llevan el producto al usuario final. Las cadenas de suministro subyacen en las cadenas de valor porque, sin ellas, ningún productor tiene la capacidad de dar a los clientes lo que quieren, cuándo y dónde quieren, al precio que desean. Los productores compiten entre sí sólo a través de sus cadenas de suministro, y ningún grado de mejora a la final del productor puede compensar las deficiencias en una cadena de suministro que reducen la capacidad del productor para competir.” Fuente: Business dictionary
Comisión Asesora: Es un organismo asesor ad-honorem del Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre Derechos Humanos y Empresa, conformado por representantes de organizaciones de la sociedad civil, empresas y comunidad internacional. A través de la Comisión Asesora se materializa la participación de los actores interesados, para que contribuyan y hagan seguimiento a la implementación del Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos y Empresa - PNA.
Consulta previa: “La Consulta Previa es el derecho fundamental que tienen los pueblos indígenas y los demás grupos étnicos cuando se toman medidas (legislativas y administrativas) o cuando se vayan a realizar proyectos, obras o actividades dentro de sus territorios, buscando de esta manera proteger su integridad cultural, social y económica y garantizar el derecho a la participación.” Se fundamenta en el derecho que tienen los pueblos de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, en el derecho de dichos pueblos de participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente (Artículo 7 Convenio 169 de la OIT). Fuente: La Universidad el Rosario/ Línea de investigación en derecho ambiental .
El deber de Proteger: Los Estados tienen el deber de proteger a personas que se encuentren en su jurisdicción frente a posibles vulneraciones contra sus derechos humanos causadas por actividad empresarial. Principio 1-10 de los principios rectores en derechos humanos y empresa.
El deber de Respetar: Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos. En otras palabras, evitar posibles vulneraciones de los derechos humanos como resultados de sus operaciones, independientemente del lugar de sus operaciones, y el tamaño de la empresa, esto también incluye enfrentar posibles consecuencias negativas. Esta responsabilidad no depende de si los estados cumplen sus obligaciones como si no Principio 11-24 de los principios rectores en derechos humanos y empresa.
Debida Diligencia: “se entiende por debida diligencia el proceso que, como parte integrante de sus criterios para la toma de decisiones, permite a las empresas identificar, prevenir y atenuar los impactos negativos, reales o potenciales, de sus actividades, así como informar de la manera en que abordan estos impactos. La debida diligencia puede integrarse en otros sistemas de gestión de riesgo existentes en la empresa siempre que no se limite meramente a identificar y gestionar riesgos significativos para la propia empresa, sino que incluya también los riesgos de impactos negativos.” Fuente: Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales
Derechos Humanos: Los derechos humanos abarcan todos los aspectos de la vida de las personas, por lo que son inherentes y universales. Es decir, el hecho de ser persona, implica que se es portador de derechos sin importar su origen, sexo, religión, lengua, etnia o cualquier otra característica. Razón por la cual, los derechos humanos están encaminados a permitir que todos los seres humanos construyan su propio plan de vida en escenarios que garanticen la libertad, igualdad y respeto por la dignidad humana. Este módulo abordará los aspectos básicos de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, el derecho a la igualdad y a la no discriminación y finalmente cerrará con el tema de las poblaciones de especial protección constitucional, que abarcan todo el contenido de la garantía y respeto por los derechos. (Cartilla Derechos Humanos Para Una Cultura de Paz y Reconciliación).
Derechos Laborales: El derecho laboral, también conocido como derecho del trabajo o derecho social, es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Por otro lado, los derechos laborales están regulados por una normativa internacional elaborada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En particular, por medio de su Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, todos los Estados miembros de la OIT manifiestan su compromiso con cuatro categorías de principios y derechos: la libertad de asociación y el derecho de negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. Estos derechos son objeto de los ocho convenios fundamentales de la OIT.” (http://www.ohchr.org/Documents/Publications
/FAQ_PrinciplesBussinessHR_SP.pdf)
Derechos civiles y políticos: Los derechos civiles y políticos son aquellos que protegen las libertades individuales de la infracción injusta y garantizan la capacidad para participar en la vida civil y política del Estado sin discriminación o represión. Como ejemplo podemos mencionar el derecho que tienen todas las personas a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, la prosperidad, posesión y a ser protegidos en la conservación y defensa de los mismos. (Cartilla Derechos Humanos para una Cultura de Paz y Reconciliación).
Derechos Económicos, sociales y culturales: Los derechos económicos, sociales, culturales, ambientales y colectivos son vistos generalmente desde dos enfoques, aparentemente incompatibles. Por un lado, representan las necesidades básicas y fundamentales que requiere la persona humana para lograr un proyecto de vida digno; por otra parte, se les identifica como garantía y medio de protección, revisten de gran complejidad en su abordaje como derechos justiciables y exigibles, lo que los hace parecer lejanos y abstractos. En ese sentido, el principal reto es lograr que las personas en condición de mayor vulnerabilidad tengan referentes sencillos sobre cuáles son sus derechos como colectivos, cómo reconocerlos, protegerlos y cómo reclamarlos, tanto en el marco de la justicia. (Cartilla Derechos Humanos para una Cultura de Paz y Reconciliación)
Empresas Multinacionales: De acuerdo con el ordenamiento colombiano cualquier actividad económica organizada que tenga por finalidad la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios, constituye por sí́ misma una empresa. El elemento material a través del cual se desarrolla esa actividad es el establecimiento de comercio. Cualquier sujeto o grupo de sujetos que con sus acciones u omisiones de forma directa o mediada generan un impacto o afectación sobre derechos de otro u otros. Fuente: Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-12781 - CREER. Las empresas multinacionales o empresas transnacionales no solo están establecidas en su país de origen, sino que también tienen actividades y presencia en otros países tanto en venta como y producción como de compra.
Estrategia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario:
Hoja de ruta institucional para la promoción y la protección de los derechos humanos y es una respuesta del Estado a la sociedad civil y a la comunidad internacional sobre la incorporación de los resultados del Proceso de Construcción Participativa de la Política Integral de Derechos Humanos.
Estudio de impacto en derechos humanos: “La evaluación del impacto en los derechos humanos puede definirse como un proceso para identificar, comprender, evaluar y abordar los efectos adversos de los programas, proyectos y actividades sobre el disfrute de los derechos humanos de los trabajadores, las comunidades, los consumidores u otros titulares de derechos. Los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos establecen la expectativa de que las empresas respeten los derechos humanos utilizando un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos. La evaluación de los impactos de los derechos humanos es un paso crítico en este proceso. La evaluación de impacto puede proporcionar un análisis basado en la evidencia de la interacción empresarial con los derechos humanos, y como tal puede proporcionar una plataforma para desarrollar acciones concretas y específicas del contexto para evitar, mitigar y remediar cualquier impacto adverso. La adopción de un enfoque basado en los derechos humanos es clave para cualquier evaluación de impacto que tenga en cuenta los derechos humanos.” Fuente: Business and Human Rights Resource Centre / Human rights impact assessments
Foro Anual sobre las empresas y los Derechos Humanos: El Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en virtud del párrafo 12 de su resolución 17/4, decidió establecer un Foro sobre las empresas y los derechos humanos, para examinar las tendencias y los problemas de aplicación de los Principios Rectores [sobre las empresas y los derechos humanos] y promover el diálogo y la cooperación acerca de las cuestiones relacionadas con las empresas y los derechos humanos, incluidos los problemas de determinados sectores, ámbitos de operación o en relación con derechos o grupos específicos, así como para definir las buenas prácticas.” En virtud de la resolución 17/4 del Consejo de Derechos Humanos, párrafo 13, el Foro está abierto a todos los interesados, incluyendo los Estados, los mecanismos y órganos de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y organizaciones regionales, las empresas, los sindicatos, las instituciones nacionales de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales, así como las personas y grupos afectados. Este se realiza anualmente en noviembre en Ginebra.
Grupo de Trabajo Interinstitucional de Derechos Humanos y Empresa – GTI: El Grupo de Trabajo Interinstitucional de Derechos Humanos y Empresas, es el órgano que orienta y coordina la acción del Estado frente al cumplimiento del Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y Empresas. Esta coordinación interinstitucional debe abordar, no sólo la coherencia delas política nacional, sino muy especialmente su implementación en los territorios.
Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas:
Fue establecido por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el 2011. Su mandato incluye la promoción de la implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU. Cada año convoca un Foro Internacional sobre Derechos Humanos y Empresa que se realiza en Ginebbra. El evento cuenta con participación de sociedad civil, el sector privado, representantes del gobierno, academia y sindicatos. La Consejera presidencial para los derechos humanos participó como representante del gobierno Colombiano en el foro 14-16 de Noviembre 2016.
Impactos adversos en los derechos humanos : “Los efectos adversos de los derechos humanos ocurren cuando una acción quita o reduce la capacidad de una persona para disfrutar de sus derechos humanos. Por ejemplo, una empresa que contamina la fuente de agua de una comunidad afecta los derechos a la salud, el agua y potencialmente la vida de las personas en esa comunidad. Por lo tanto, el respeto a los derechos humanos significa no causar daño a los derechos humanos de las personas cuando una empresa hace negocios y trata adecuadamente las situaciones en las que se ha hecho daño.” Fuente: Human Rights Due Diligence Info Portal /Glossary.
Informe de sosteniblidad: Un término genérico para un informe de la empresa que proporciona información sobre el desempeño de una empresa en una serie de dimensiones de la sostenibilidad, tales como cuestiones económicas, sociales, ambientales y de gobierno corporativo, incluidos los derechos humanos. Fuente: Shift
Líneas de acción incluidas en el Plan Nacional de Acción de Empresas y Derechos Humanos - PNA:
El Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y Empresas es un gran avance que ha tenido el Estado colombiano en materia de Empresa y Derechos Humanos. Pues con el objetivo de contribuir con los compromisos adquiridos en escenarios internacionales y hacer realidad la implementación de los Principios Rectores de Naciones Unidas, el Gobierno Nacional desde el año 2015 trabajó en la construcción del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos, bajo el liderazgo de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos como Entidad promotora de esta Política Pública.
Este Plan fue realizado de manera participativa con empresas, organizaciones de la sociedad civil y el apoyo de la comunidad internacional, se convirtió en un instrumento fundamental para el posconflicto. Tal como lo planteó el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, un Plan de Acción Nacional se debe ajustar al contexto de cada país. Es por esto que contiene líneas y acciones con enfoque territorial y vocación de construcción de paz. Con el lanzamiento del Plan el 9 de diciembre de 2015, Colombia se convirtió en el primer país fuera de Europa de contar con este Instrumento.
Existen dos órganos de gobernanza del PNA:
a. Grupo de Trabajo Interinstitucional de Derechos Humanos y Empresas
b. Comisión Asesora.
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible : “El 1 de enero de 2016 entraron oficialmente en marcha los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda para el Desarrollo Sostenible de 2030 - adoptada por los líderes mundiales en septiembre de 2015 en una histórica Cumbre de las Naciones Unidas.” “El panorama empresarial de hoy se caracteriza por una mezcla sin precedentes, acelerada y compleja de riesgos y oportunidades. Todo su mercado puede ser interrumpido en poco tiempo por innumerables factores, ya sea una nueva tecnología o una súbita falta de recursos naturales. Los nuevos mercados están emergiendo rápidamente debido a las megas tendencias como el crecimiento de la población, la escasez de recursos o los riesgos para la salud mundial. Mientras tanto, los consumidores y los inversores están mejor informados que nunca - y quieren que las empresas asuman la responsabilidad por la presión que nuestro planeta y su población están sufriendo.” Fuente: Pacto Global.
Mitigación: “La mitigación se refiere a acciones tomadas para reducir el alcance de un impacto que ya ha ocurrido. El impacto residual entonces requiere remediación. Con respecto a los impactos potenciales, se refiere a las medidas tomadas para reducir la probabilidad de que se produzca un cierto impacto negativo.” Fuente: Human Rights Due Diligence Info Portal /Glossary .
Principios Rectores sobre Derechos Humanos y Empresa: Los Principios Rectores sobre Derechos Humanos y Empresas se entienden como una plataforma de acción a nivel mundial para el tema de empresas y derechos humanos, estos fueron aprobados por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el año 2011.
Principios Voluntarios en seguridad y derechos humanos: “Established in 2000, are a set of principles designed to guide companies in the extractive sector in maintaining the safety and security of their operations within an operating framework that encourages respect for human rights.” Fuente: Human Rights Due Diligence Info Portal /Glossary
Remediar: La remediación se refiere al acto o los procesos de proporcionar una reparación a la víctima o víctimas de un impacto negativo sobre los derechos humanos. Las remediaciones pueden tener distintas formas. Pueden incluir disculpas, restitución, rehabilitación, compensación financiera o no financiera y sanciones punitorias (ya sea penales o administrativas tales como multas) así como la prevención del daño, por ejemplo, a través de interdicciones o garantías de no repetición. Es importante destacar que las empresas no son los únicos actores con responsabilidad para la remediación ya que los Estados también tienen un papel clave en la remediación. Es deber del Estado salvaguardar el derecho humano a la remediación. Por lo tanto, las empresas deben abstenerse de interferir con los procesos de remediación legítimos ofrecidos por el Estado y éste debe controlar activamente los esfuerzos de remediación de las empresas. Principio 25-31 de los principios rectores en derechos humanos y empresa. Fuente: SOMO (Stichting Onderzoek Multinationale Ondernemingen) - Centro de Investigaciones sobre Empresas Multinacionales.
Riesgos salientes en derechos humanos: “Las principales cuestiones de derechos humanos de una empresa son los derechos humanos que se destacan porque corren el riesgo de tener el impacto negativo más severo a través de las actividades de la empresa o las relaciones comerciales. Por ejemplo, uno de los riesgos más destacados para una compañía farmacéutica será la participación con el derecho a la salud. Para una empresa de tecnología de la información, será el derecho a la privacidad y la libertad de expresión. Una empresa de alimentos podría querer destacar los derechos laborales en su cadena de suministro, así como los impactos relacionados con el agua y el uso de la tierra la salud de sus consumidores.” Fuente: Human Rights Due Diligence Info Portal /Glossary.
Stakeholder: "Cualquier persona u organización que pueda afectar o ser afectada por las acciones y decisiones de una compañía. En los Principios Rectores de las Naciones Unidas y en este Marco de Reporte, el enfoque principal se centra en las partes interesadas afectadas o potencialmente afectadas, es decir, las personas cuyos derechos humanos han sido o pueden ser afectados por las operaciones, productos o servicios de una empresa. Otras partes interesadas particularmente relevantes en el contexto de los Principios Rectores de las Naciones Unidas son los representantes legítimos de las partes interesadas potencialmente afectadas, incluidos los sindicatos, así como las organizaciones de la sociedad civil y otras personas con experiencia y conocimientos especializados relacionados con los efectos de las empresas sobre los derechos humanos.” Fuente: Shift Stakeholder afectados.
Stakeholder afectados: Una persona o grupo cuyos derechos humanos han sido o pueden ser afectados por las operaciones empresariales, o productos o servicios de una empresa. Fuente: Shift