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Homicidio del dirigente político Bernardo Jaramillo Ossa

El 22 de marzo de 1990, en el puente Aéreo de Bogotá, fue asesinado Bernardo Jaramillo Ossa, candidato presidencial de la Unión Patriótica, partido político que nació de los acuerdos de paz de 1984. Por estos hechos, la Fiscalía General de la Nación pidió condenar a los hermanos Fidel y Carlos Castaño, jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia, como responsables de este homicidio. Además, solicitó sentencia condenatoria contra Gustavo Adolfo Mesa Meneses. En octubre de 2001 el Juez Séptimo Especializado de Bogotá condenó en ausencia al líder de las Autodefensas a 22 años de prisión, y a Fidel Castaño a 18 años de prisión.

Machuca Boletines 4, 5 y 6

En el pasado mes de octubre la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación dictó orden de captura contra la cúpula del ELN como responsable directa del atentado. La medida judicial afecta a Nicolás Rodríguez Bautista, alias "Gabino"; Herlinton Javier Chamorro Acosta, alias "Antonio García"; Víctor Orlando Cubides, alias "Pablo Tejada"; Israel Ramírez Cepeda, alias "Pablo Beltrán"; Rafael Sierra Granados, alias "Ramiro Vargas" o "Capitán Franco"; Pedro Elías Cañas Serrano, alias "Óscar Santos"; y Luis Carlos Guerrero Cárdenas, alias "Lucho".

Masacre de Mapiripán Boletines 2, 5 y 7

El pasado noviembre la Fiscalía General de la Nación impuso medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación contra el coronel del Ejército Hernán Orozco como presunto autor de los delitos de concierto para delinquir, omisión en secuestro agravado, homicidio agravado y terrorismo, y contra el brigadier general Jaime Humberto Uscátegui por los delitos de homicidio, secuestro agravado y falsedad ideológica en documento público. Por su parte, la Procuraduría General de la Nación falló ordenando la separación absoluta del comandante de la Séptima Brigada (Brigadier General Jaime Humberto Uscátegui), la reprensión severa del comandante (E) del Batallón de Infantería, Teniente Coronel Hernán Orozco Castro, y la destitución de 5 soldados del Ejército. Uno de los vinculados fue absuelto. En el desarrollo penal de este caso el Consejo Superior de la Judicatura trasladó el proceso de los altos oficiales a la Justicia Penal Militar. La Corte Constitucional ordenó anular el proceso penal militar contra los dos militares destituidos, al considerar que estos deben ser investigados por la justicia ordinaria. Además, los altos oficiales fueron destituidos por el Presidente de la República en virtud de las facultades discrecionales del Decreto ley 1790 de 2000 y la Directiva Presidencial 001 del 17 de agosto del 2000.


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