Desaparición y muerte de Nidia Erika Bautista de Arellano
El 30 de agosto de 1987 se produjo la desaparición en Bogotá de Nidia Erika Bautista de Arellano, militante del Movimiento 19 de Abril, M-19, entonces grupo de oposición armado. Su cadáver fue hallado en la zona rural de Guayabetal, departamento de Cundinamarca, en el año de 1990. En relación con el proceso disciplinario, la Procuraduría General de la Nación ordenó la reapertura de la investigación en 1994 y profirió fallo de destitución en contra del Brigadier General Alvaro Velandia Hurtado y sancionó también a un sargento.
En 1995 la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo condenó a la Nación-Ministerio de Defensa, como responsable del homicidio, al pago de una indemnización a los familiares. En 1996 el gobierno colombiano, dentro del marco de la Ley 288 de 1996, dio cumplimiento a los términos de la indemnización.
En la justicia penal la investigación llegó a la etapa de indagación preliminar, y la Fiscalía Seccional de Bogotá vinculó al General Velandia y a otros miembros de la Brigada XX como presuntos autores de la desaparición y posterior homicidio. En 1995 el caso fue asignado a la recién creada Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía. Sus diligencias permitieron privar de la libertad a tres suboficiales como presuntos autores.
La investigación fue trasladada a la justicia penal militar, luego de dirimirse una colisión de competencia por parte del Consejo Superior de la Judicatura. El Juzgado Segundo de Instrucción Penal Militar ordenó la libertad de las tres personas vinculadas por la Fiscalía, por vencimiento de los términos previstos en el Código Penal Militar. El Tribunal Superior Militar designó al Comandante de la Fuerza Aérea como Juez de Primera Instancia. El proceso fue devuelto a la etapa instructiva.
El caso fue ventilado ante el Comité del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de la ONU. Dicha instancia encontró que hubo responsabilidad del Estado colombiano por la desaparición de Nidia Erika y recomendó investigar el caso, sancionar a los responsables e indemnizar a la familia.
La Corte Constitucional, mediante
fallo de tutela del pasado mes de junio, dejó sin efecto la providencia
del Consejo Superior de la Judicatura. Dicho órgano debió
tomar una nueva decisión respecto a la atribución de la competencia
a la justicia penal militar, mediante la cual trasladó el caso a
la justicia ordinaria.
Desaparición de Nelson Restrepo Rodríguez
Nelson Restrepo, líder cívico
y veedor ciudadano del municipio de Puerto Gaitán, departamento
del Meta, fue sacado de su residencia el 21 de abril de 2000, sin que hasta
el momento se tenga noticia de él. La investigación por secuestro-desaparición
la adelanta la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía.
Con base en un informe del DAS se ordenó la apertura de instrucción
y se dispuso a escuchar en indagatoria a dos particulares. La diligencia
llevó a la detención preventiva de uno de los sindicados,
miembro de un grupo de autodefensa, por delitos de secuestro y conformación
de grupos armados al margen de la ley.