1. Asesorar al Presidente de la República y al Secretario General en la promoción y coordinación de la política integral de derechos humanos, así como de las acciones dirigidas a garantizar la adecuada protección de los derechos humanos en el territorio nacional y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario.
2. Promover el desarrollo de la política pública de derechos humanos, a través del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, propendiendo por la incorporación del enfoque de derechos en las demás políticas públicas sectoriales a nivel nacional y territorial.
3. Presentar recomendaciones a las entidades, del orden nacional y territorial, respecto de la implementación de sus políticas públicas con el fin de dar cumplimiento de manera integral a las obligaciones constitucionales y legales del Estado colombiano, así como los compromisos adquiridos a nivel nacional e internacional, en materia de promoción, protección, respeto y garantía de los derechos humanos.
4. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión lntersectorial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
5. Proponer y adelantar, en coordinación con las entidades competentes, actividades en materia de educación en derechos humanos, promoviendo una cultura en la materia a nivel nacional, regional y local.
6. Promover espacios de interlocución y diálogo a nivel nacional, regional y local con las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, en torno a los derechos humanos.
7. Impulsar la formulación, adopción e implementación, en coordinación con las entidades competentes, del Plan Nacional de Acción de derechos humanos y empresas, articulado con las líneas estratégicas que se desprendan del Sistema Nacional de Derechos Humanos.
8. Liderar el Sistema Nacional de Información en Derechos Humanos con el fin de elaborar análisis de contexto e informes sobre el estado de cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales del Estado en materia de Derechos Humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario - DIH, así como identificar y registrar situaciones de violación de derechos humanos e infracción al Derecho Internacional Humanitario.
9. Apoyar a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en la labor de coordinación, diseño y desarrollo de acciones y programas de pedagogía que promuevan el conocimiento de la política de paz total, con enfoque de derechos humanos.
11. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión lntersectorial para la prevención del reclutamiento, la utilización y la violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados, en los términos del Decreto 1569 de 2016. 12. Coordinar, impulsar y hacer seguimiento a las acciones que se adelanten con las entidades públicas, tanto en el nivel nacional como en el territorial, las agencias de cooperación internacional y las organizaciones sociales nacionales e internacionales, destinadas a prevenir el reclutamiento, utilización y violencia sexual de niñas, niños y adolescentes por parte de grupos armados organizados al margen de la ley.
13. Representar, por instrucciones del Presidente de la República o del Secretario General, al Gobierno colombiano en foros de discusión, audiencias públicas y demás escenarios que estos designen en el ámbito nacional e internacional.
14. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores el fortalecimiento de la posición del Estado frente a los temas de la agenda global de Derechos Humanos e implementar las acciones correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones internacionales, así como de las medidas ordenadas en sentencias internacionales o acuerdos de solución amistosa en la materia.
15. Articular y coordinar con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado la posición frente a litigios internacionales y asuntos de Derecho Internacional Humanitario, incluyendo casos de presuntas violaciones de derechos humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario -DIH, que estén siendo conocidas por órganos internacionales.
16. Adelantar las gestiones para obtener cooperación internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos del Despacho del Secretario General y en coordinación con la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
17. Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República y el Secretario General.
Parágrafo. Las referencias que se hagan en las normas a la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, se entenderán realizadas a la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.